Las autoridades reportan cada año el apresamiento de miles de personas que intentan viajar ilegalmente en embarcaciones improvisadas a Puerto Rico y el sometimiento a la justicia de personas acusadas de organizar esas travesías. Sin embargo, el número de imputados que llegan a ser condenados por ese delito es mucho menor, y las penas impuestas no siempre se traducen en prisión efectiva.
El caso más reciente se conoció el lunes en Samaná, donde el Juzgado de la Instrucción impuso presentación periódica durante seis meses como medida de coerción a Enerson Vilorio Eusebio y Ramón Francisco Sosa Batista, señalados como presuntos organizadores de viajes ilegales.
La Armada informó inicialmente que en la embarcación interceptada el 5 de octubre viajaban 59 personas, 49 hombres y 10 mujeres. El reporte posterior sobre la coerción consignó 62 personas a bordo.
La distancia entre sometimientos y condenas también aparece en las cifras del período 2020-2024. La memoria de gestión de la Procuraduría General de la República (PGR) reportó 1,333 personas judicializadas por trata y tráfico ilícito de migrantes, mientras que la estadística de la Oficina Nacional de Estadística (ONE) suma 107 personas condenadas por esos delitos.
Aunque no se trata de los mismos casos, pues un proceso puede tomar varios años, la diferencia entre las personas sometidas por la Fiscalía y las que llegan a ser condenadas es notable.
Sometidos y condenados entre 2020 y 2024
La ONE registró 17 personas condenadas en 2020, 11 en 2021, 29 en 2022, 21 en 2023 y 29 en 2024. De estas, 71 fueron sentenciadas por tráfico ilícito de migrantes y 36 por distintas modalidades de trata. En la memoria de la Procuraduría, los 1,333 judicializados corresponden a 96 casos de trata y 742 a tráfico ilícito de migrantes. Estos últimos son casos, no personas.
Para los viajes en embarcaciones, una revisión de Diario Libre identificó más de 422 personas sometidas entre 2020 y 2024 por organizar esas travesías. La Armada, por su parte, reportó que 26,527 personas fueron detenidas en viajes ilegales entre julio de 2018 y marzo de 2025.
La cifra dimensiona cuántas personas fueron interceptadas durante las travesías, entre quienes intentaban viajar y quienes presuntamente las organizaban.
Las condenas tampoco siempre implican prisión efectiva. En una revisión de siete sentencias por tráfico de migrantes en Dajabón, Diario Libre encontró que dos dispusieron prisión, con penas de un año y dos meses y de tres años.
En los otros cinco casos, la ejecución de la pena fue suspendida total o parcialmente.
El nuevo Código Penal no creó una tipificación distinta para el tráfico ilícito de migrantes ni sustituyó la ley especial que lo sanciona. Su artículo 392 mantiene vigentes las leyes especiales que definen delitos no previstos en el Código.
La Ley 137-03, modificada en 2025 por la Ley 46-25, establece para el autor del delito base penas de 15 a 20 años de prisión y multas de 350 a 1,000 salarios mínimos del sector público.


