Menor abandonado, cuál es el destino en RD

El hallazgo de un bebé la pasada semana, frente a una vivienda en el kilómetro 11 de la avenida Independencia, en el Distrito Nacional, activó el protocolo estatal de una carrera que desde ya empieza a definir su futuro. 

Aunque el infante se encuentra bajo la custodia del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani), su estabilidad física es solo el primer paso de un proceso que busca rescatarlo del anonimato legal.

¿Qué sigue?

Cuando un menor es hallado en la vía pública sin referentes familiares, el Estado dominicano inicia un proceso legal y administrativo que busca garantizar su derecho a la identidad y a una familia. 

Según informaciones obtenidas del encargado del Departamento de Gestión Territorial del Conani, Edwin Ceballos, el protocolo se divide en varias etapas.

Evaluación médica y retención: normalmente, el centro de salud al que se traslada el menor emite un informe clínico y se contacta con el Ministerio Público, quien emite una orden de retención para evitar que el infante sea entregado a personas no autorizadas.

Investigación de campo: durante los primeros tres meses, se realizan levantamientos consecutivos de trabajo social. Se indaga en el entorno donde apareció el niño, hospitales y cuarteles.

«Se hacen tres levantamientos consecutivos mes por mes. Esto va abultando todo el expediente a los fines de que se verifique la existencia o no de algún referente familiar. Se realizan a los fines de ir recibiendo información oportuna», dijo. 

Expediente de declaratoria de abandono: Si tras las investigaciones no aparece la familia biológica, el Departamento de Protección Legal del Conani apodera al Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes.

Al niño se le asigna un nombre de forma provisional y, tras la sentencia de abandono, el tribunal autoriza al Conani a dotarlo de un acta de nacimiento para garantizar su derecho a la nacionalidad.

Condición de “abandono”

Los menores en esta situación que ingresan al sistema lo hacen bajo la categoría de “protección”. 

La condición de “abandono” es un estatus jurídico que solo adquiere el menor una vez que un tribunal emite una sentencia definitiva, después de agotar todas las vías. Este proceso busca evitar declaratorias de abandono innecesarias que puedan vulnerar el derecho del niño a permanecer con su familia biológica.

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