Condenas por asesinato Villa Altagracia: caso de Eugenio Disla

Han pasado ocho años desde aquel 11 de abril de 2018, cuando la rutina laboral de dos vigilantes se vio interrumpida por un acto violento que dejó una marca imborrable en el municipio de Villa Altagracia, en la provincia San Cristóbal.

Ese día, Eugenio Disla, mientras realizaba labores de seguridad en las antenas de dos compañías de telecomunicaciones localizadas en la Loma del barrio Nueva Esperanza, del paraje Guananito, fue mortalmente herido tras ser inmovilizado por un grupo de hombres que intentaba despojarlo de su escopeta.

Su compañero, Ángel de la Cruz, logró escapar, convirtiéndose en testigo del crimen que conmocionó a toda la comunidad.

Según el expediente judicial, los responsables fueron Samuel Sánchez Tejada (Dalbeury), quien cumple una condena de 40 años de prisión, así como Geremías Mora Reyes (Cacón) y Rafael Reynoso Gil (Bincito), sentenciados a 30 años cada uno.

En el hecho también estuvo involucrado Johan Carlos Reyes Ortega (El Pato), quien permaneció prófugo tras participar en el homicidio. A él, un tribunal le acaba de dictar una sentencia de 30 años, tras comprobarse su participación en el caso.

En 2021, Sánchez Tejada recibió la pena máxima de prisión, mientras que Mora Reyes y Reynoso Gil obtuvieron sus respectivas condenas. Sin embargo, la sentencia contra Johan Carlos Reyes Ortega (El Pato) no se había emitido, dejando un capítulo pendiente en la investigación del asesinato.

Todos los acusados cumplen sus sentencias en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo, en San Cristóbal.

Consecuencias legales

El tribunal que conoció el caso otorgó al hecho una calificación jurídica basada en distintos artículos del Código Penal Dominicano y de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas.

Los acusados fueron imputados por homicidio simple y agravado, debido a que la víctima falleció tras recibir disparos durante el robo.

Además, se incluyó la tentativa de homicidio, correspondiente al ataque fallido contra el compañero de Disla, Ángel de la Cruz. La legislación también contempla robo con violencia o intimidación, por el intento de despojar a las víctimas de sus armas de fuego, y lesiones personales, por los daños provocados durante el altercado.

El tribunal también consideró que los acusados formaban parte de una asociación de malhechores, lo que implica que actuaron de manera organizada para cometer delitos graves.

Asimismo, se aplicaron artículos relacionados con el uso ilegal de armas de fuego, ya que los responsables portaban y dispararon armas sin autorización, poniendo en riesgo la vida de las personas presentes.

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