El diputado por la Fuerza del Pueblo, Tobías Crespo, respondió este jueves a la crítica que hace la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) sobre la capacidad “técnica” del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para evaluar a los jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Crespo, quien forma parte del CNM en representación de la segunda mayoría en la Cámara de Diputados, recordó que dicha atribución está claramente establecida en la Constitución.
En ese sentido, afirmó que es el propio ordenamiento constitucional el que faculta al CNM para valorar el desempeño de los magistrados de las altas cortes, y subrayó que no existe otro mecanismo legal para llevar a cabo ese proceso.
El vicepresidente ejecutivo de la Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, ha manifestado en varias ocasiones que el CNM no posee la competencia técnica para valorar trabajo de un juez de la Suprema Corte de Justicia.
Castaños Guzmán ha sugerido que en una “eventual reforma a la Constitución” se escojan a los jueces de la Suprema para un solo periodo de 10 años para que estos no tengan que someterse a una evaluación por desempeño.
Composición del CNM
Según la Constitución, el CNM está conformado por ocho miembros, que son el presidente de la República, quien lo encabeza; los presidentes de las cámaras legislativas; un senador y un diputado que representen la segunda mayoría en las cámaras legislativas; el presidente de la Suprema Corte de Justicia y otro juez de esa corte, quien funge como secretario del Consejo; y el presidente del Tribunal Constitucional.
Además de las funciones establecidas por la Constitución, el Consejo Nacional de la Magistratura está regulado por su Ley Orgánica núm. 138-11, modificada por la Ley núm. 1-25.
No se ha convocado CNM
Tobías Crespo dijo que todavía el presidente de la República no ha convocado el CNM y rechazó emitir una opinión de los once jueces de la SCJ que deberán ser evaluados porque, según dijo, ignora todavía si hay algunos que optarán por no postularse.



