¿Cómo participar en la subasta de bienes incautados Incabide?

Las personas interesadas en adquirir bienes a través de la subasta pública del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide) deben cumplir con un proceso que incluye inscripción presencial, pago de una tarifa y la presentación de documentación legal, según establece el pliego de condiciones de la entidad.

La subasta se celebrará el miércoles 13 de mayo, a partir de las 8:00 de la mañana, en el Paraninfo Dr. Ricardo Michel de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).

El primer paso consiste en inscribirse en las oficinas del organismo, ubicadas en la calle F #5, Arroyo Hondo Viejo, en el Distrito Nacional

El registro tiene un costo de 5,000 pesos no reembolsable. Para bienes que superen los cinco millones de pesos, se exigirá un depósito del 10 % como garantía para la primera puja.

Tanto personas físicas como jurídicas pueden participar, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Entre las condiciones generales, los interesados deberán declarar y firmar un documento en el que expresen que autorizan al personal del Incabide a revisar su historial crediticio, así como a validar, por los medios que considere convenientes, la información suministrada.

Avión a subastar. (FUENTE EXTERNA)

Asimismo, deberán indicar que entienden y aceptan someterse a las normas que rigen la subasta, conforme a lo establecido en el pliego de condiciones.

También deberán declarar que se obligan a conocer, previo a la presentación de la propuesta económica, el estado físico del activo subastado.

De igual forma, deberán establecer que renuncian a cualquier fuero que, en razón de su domicilio presente o futuro, pudiera corresponderles, sin perjuicio de la posibilidad de llegar a acuerdos en cualquier etapa procesal en caso de surgir una litis.

Además, deberán expresar que, en caso de controversias que pudieran surgir durante el procedimiento de subasta o del contrato de compraventa que de ella se derive, podrán interponer las reclamaciones que consideren de lugar a través de los recursos administrativos y ante el Tribunal Contencioso Administrativo, en los términos y plazos dispuestos por la Ley 107-13, que regula los derechos de las personas en su relación con la Administración Pública.

Requisitos para personas físicas y empresas

Para personas físicas, se exige ser mayor de edad, presentar documento de identidad, o pasaporte en caso de extranjeros, certificado de no antecedentes penales y una declaración jurada que acredite la procedencia lícita de los fondos.

También deben declarar que no tienen vínculos familiares hasta tercer grado de consanguineidad (ascendente, descendente o colateral) o segundo de afinidad, ni laborales con el Incabide o el Estado, en cumplimiento de la Ley 60-23.

En el caso de empresas, se requiere documentación adicional como registro mercantil, certificaciones de cumplimiento fiscal y de la seguridad social, así como declaraciones juradas de sus accionistas. 

Las compañías extranjeras deberán presentar documentos apostillados o legalizados, además de certificaciones de buena reputación en sus países de origen.

Los que no pueden participar

El pliego también establece quiénes no pueden participar. Entre ellos figuran funcionarios públicos, empleados del Incabide, sus familiares cercanos, personas con antecedentes penales.

De acuerdo con la Ley 60-23, no pueden participar los funcionarios del Estado, así como los funcionarios o empleados del Incabide o de su Consejo Directivo.

Tampoco podrán hacerlo los familiares o cónyuges del personal de la entidad o de su Consejo Directivo hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive, ya sea por sí o por medio de terceros.

Asimismo, quedan excluidos los imputados de crímenes y delitos, directamente o a través de terceros, así como sus familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive. 

De igual manera, no podrán participar las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido como asesoras en cualquier etapa del procedimiento de subasta.

La ley también prohíbe la participación de personas físicas o jurídicas que no estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o de la seguridad social, conforme a la normativa vigente, así como de empresas cuyos directivos hayan sido condenados por delitos contra la administración pública, contra la fe pública o por delitos contemplados en convenciones internacionales de las que el país sea signatario.

También, quedan excluidas las personas que suministren información o documentación falsa al proporcionar los datos exigidos en el pliego de condiciones.

Variedad en bienes

La institución informó que en esta convocatoria se pondrá a disposición del público una amplia gama de bienes, entre ellos apartamentos, casas, solares, vehículos, joyas, yates, aeronaves y lotes de chatarra.

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