¿Cómo denunciar difamación en redes sociales en República Dominicana?

Las personas que consideren que han sido víctimas de difamación o injuria en redes sociales pueden iniciar una acción legal si entienden que una publicación afecta su honor o reputación.

Así lo indica el abogado Francisco Álvarez, quien explicó que el Código Penal de la República Dominicana establece que la difamación es la alusión o imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que afecte su honor, consideración, imagen o dignidad.

Sostuvo que la ley tipifica que este delito se configura cuando se realiza «por cualquier forma pública, audiovisual o escrito, radial o televisivo, streaming, electrónicos o en el ciberespacio», lo cual abarca directamente a las redes sociales

Diferencia entre difamación e injuria

Álvarez señaló que la difamación requiere que se impute un hecho específico o concreto a una persona.

En cambio, la injuria consiste en cualquier expresión ofensiva, invectiva o término de desprecio que no contenga la imputación de un hecho preciso.

Ambas conductas están penalizadas cuando se difunden por medios electrónicos o en el ciberespacio.

¿Qué pruebas reunir?

Antes de iniciar una acción judicial, la persona afectada debe recopilar los elementos de prueba.

Según explicó el abogado, al presentar la acusación la víctima debe detallar los datos o elementos probatorios y la documentación disponible o indicar el lugar donde se encuentra.

En el entorno digital esto puede incluir:

  • Capturas de pantalla de las publicaciones
  • Correos electrónicos
  • Enlaces a los contenidos
  • Audios o videos
  • Registros que permitan demostrar que la publicación existió y no fue alterada

La ley permite que las pruebas se registren mediante escritos, imágenes, sonidos u otros medios que garanticen su fidelidad.

Dónde y cómo poner la denuncia

La difamación y la injuria están catalogadas como infracciones de acción privada, lo que significa que la víctima debe presentar una acusación formal directamente ante la jurisdicción penal.

En la práctica, el proceso suele iniciar con una querella o acusación privada ante la Fiscalía correspondiente a la demarcación donde ocurrió el hecho, que luego puede ser conocida por los tribunales.

En el caso de Santo Domingo, se puede acudir a la Procuraduría Especializada contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Pedatec), dependencia del Ministerio Público, ubicada en el Palacio de Justicia del Centro de los Héroes, cuando el caso involucra publicaciones realizadas en internet o redes sociales.

También se puede acudir al Departamento de Investigación de Crímenes de Alta Tecnología (Dicat) de la Policía Nacional.

El procedimiento generalmente incluye reunir las pruebas digitales de la publicación, presentar una querella o acusación formal con los hechos y evidencias, identificar, en la medida de lo posible, a la persona responsable de la publicación y dar seguimiento al proceso judicial una vez la acción es admitida.

Sanciones

El abogado explicó que el nuevo Código Penal sanciona la difamación con dos a cinco años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos del sector público, además de posibles penas complementarias.

En el caso de la injuria, las penas pueden ser de quince días a un año de prisión menor o multa de uno a dos salarios mínimos, o ambas. Dichos  aspectos están contemplados en los artículos 208 al 211 del Código Penal.

Recomendación

Ante ataques o acusaciones falsas en redes sociales, Álvarez recomendó actuar con cautela.

“Mi recomendación principal es no reaccionar por impulso y evaluar el escenario mediático de manera estratégica”, indicó.

 

 

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