
Mediante un procedimiento de urgencia y en dos lecturas consecutivas, la Cámara de Diputados aprobó este martes un proyecto que establece que las disposiciones del nuevo Código Penal relativas a las empresas se apliquen a partir de mayo de 2028.
Aunque el Código Penal ya entró en vigor en todo el país el pasado mes de agosto, los legisladores aprobaron un proyecto para modificar la ley, con el objetivo de que las disposiciones relacionadas con las empresas se apliquen dentro de 18 meses y no de inmediato.
La propuesta llevaba semanas en el Congreso, pero la versión original, aprobada por el Senado, establecía que estas disposiciones del Código Penal se aplicaran a partir de noviembre de 2028. Los diputados modificaron el documento para reducir el plazo y fijar su aplicación en mayo de 2028.
Con los cambios introducidos por los diputados, el proyecto regresa al Senado para su aprobación final.
Reacciones de los diputados
Antes de la aprobación del proyecto, el vocero de la Fuerza del Pueblo en la Cámara de Diputados, José David Báez, recordó que, cuando se aprobó el Código Penal, su bancada presentó un informe disidente que ahora cobra importancia.
Según recordó, aquel informe solicitaba aplazar la entrada en vigor del nuevo Código Penal, por lo que los diputados no tendrían que establecer un nuevo plazo para aplicar las disposiciones relativas a las empresas.
De su lado, el diputado Charlie Mariotti, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), afirmó que el proyecto aprobado constituye «un acto de justicia«, ya que «el sector privado no aguanta una carga más».
Aunque las disposiciones del Código Penal relativas a las empresas se aplicarán dentro de 18 meses, el diputado Eugenio Cedeño, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), sugirió que el plazo debería ser aún mayor para que las micro y pequeñas empresas puedan familiarizarse con la ley.
Lo que dice el Código Penal
De acuerdo con el nuevo Código Penal, las empresas, al igual que las personas, también podrían enfrentar consecuencias penales por infracciones relacionadas con la falta de supervisión, controles técnicos o deficiencias.
El artículo 8 del nuevo Código Penal establece que las empresas podrán ser penalmente responsables por actos u omisiones de sus órganos, representantes o subordinados realizados en su representación.
Aunque la empresa no sea directamente responsable de la actuación de un empleado, el nuevo Código Penal dispone que la justicia debe revisar quién lo supervisó, la capacitación que recibió, los posibles protocolos que se violaron y los controles establecidos para detectar irregularidades.




