El juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, recesó para el próximo viernes 4 de septiembre el conocimiento del juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat por el desplome de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025.
La audiencia fue pautada para las 9:00 de la mañana y se desarrollará en el mismo lugar, el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva. Para esa jornada están citados testigos y peritos del proceso, a cargo de las distintas partes.
“A las 9:00 de la mañana y será en este mismo lugar (Palacio de Justicia de Ciudad Nueva). Testigos y peritos del proceso, a cargo de las partes, están citados para esa audiencia”, informó González.
A su salida de la audiencia, el representante del Ministerio Público, Wilson Camacho, expresó su conformidad con el manejo del tiempo durante el proceso.
“Estamos felices del avance en el proceso y es una muestra del trabajo del Ministerio Público. El organismo asumió su rol ante el tribunal y presentó las pruebas”, manifestó.
Camacho señaló que espera que la decisión final esté sustentada en las evidencias presentadas durante el juicio.
“Esperamos que el tribunal dicte una sentencia condenatoria conforme a los hechos”, declaró.
- De su lado, Plutarco Jáquez, abogado de varios querellantes, calificó la jornada como productiva y destacó que los representantes de las víctimas pudieron exponer sus argumentos.
“El día fue de mucho avance. Hay un calendario fijado para todos los viernes y el pronóstico es que en tres viernes este proceso termine”, indicó.
Durante el juicio de fondo contra Maribel y Antonio Espaillat, la parte querellante expuso sus argumentos sobre lo que representó la tragedia ocurrida en el establecimiento, que dejó 236 personas fallecidas y 180 heridas.
Argumentos de la defensa
Por su parte, Miguel Valerio, uno de los abogados de la defensa de los Espaillat, señaló que el caso fue calificado por el Ministerio Público como un hecho de negligencia.
“¿Pero qué pasó esa noche? Hay dos casos interesantes: Maribel esa noche estuvo ahí; Antonio Espaillat esa noche estaba fuera del país. ¿Qué quiere decir eso? ¿Cuál es la parte fáctica del caso que proponemos que revise? Primero, el alcance del artículo 319 del Código Penal (que tipifica el homicidio involuntario y la negligencia)”, expuso.


