10 años de prisión para hombre y mujer acusados de tráfico de drogas

Los jueces del Tribunal Colegiado de La Altagracia condenaron a un exempleado del Aeropuerto Internacional de Punta Cana, que se desempeñaba como operador de jardinería, y a una mujer por tráfico de drogas.

Los condenados son Florencia Milagros Otaduy, de nacionalidad argentina, y Manuel Alejandro D´Oleo Cuello, dominicano, quienes cumplirán la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Anamuya, en Higüey, y en el centro de retención para mujeres de la localidad, respectivamente.

Además de la pena, los jueces ordenaron el decomiso de varios objetos incautados durante el proceso y el pago de una multa de 250 mil pesos.

El arresto de Otaduy, de 31 años, se produjo en el Aeropuerto Internacional de Punta Cana por agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) el 31 de julio de 2023, cuando intentó sacar del país ocho paquetes de cocaína con un peso total de 4.33 kilogramos, según consta en el Certificado de Análisis Químico Forense No. SC1-2023-08-11-014033, emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Mientras que D´Oleo Cuello, fue apresado el 1 de agosto de 2023, mediante la orden de arresto núm. 03353-2023, mientras se encontraba en el Aeropuerto Internacional de Punta Cana.

De acuerdo con el Ministerio Público, la droga era transportada en una maleta dentro de una funda plástica, que contenía ocho cajas de chocolates, con un paquete de la sustancia en cada una. Además, a Otaduy se le ocuparon prendas de vestir, equipos de higiene personal, su pasaporte argentino y permiso de residencia.

Calificación jurídica

Según las investigaciones, D´Oleo Cuello entregó la funda con la cocaína a Otaduy en la terminal aeroportuaria, después de que la mujer pasara los controles de seguridad, justo antes de que se ejecutara su arresto.

Cámaras de seguridad captaron al ahora condenado entrando desde el área del parqueo con la funda y posteriormente saliendo junto a Otaduy por un ascensor hasta el lugar de la entrega.

El caso recibió la calificación jurídica de violación a los artículos 4, letra D; 5, letra A; 58, 59, 60, 75, párrafo II, y 85 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.

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